El investigador del Centro de Justicia Constitucional (CJC) y profesor de Derecho Administrativo de la Universidad del Desarrollo, Nicolás Enteiche Rosales, publicó una columna de opinión en El Mercurio Legal titulada “Las disidencias en la aplicación de sanciones por la Comisión para el Mercado Financiero”, donde analiza el rol que cumplen los votos disidentes al interior de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y su impacto en la calidad de las decisiones sancionadoras.
En su reflexión, el profesor Enteiche aborda una de las características distintivas de la CMF: su estructura colegiada. A diferencia de otros organismos reguladores encabezados por una autoridad unipersonal, la comisión adopta sus decisiones mediante acuerdos de un consejo integrado por varios comisionados, lo que permite la coexistencia de distintas visiones jurídicas y técnicas al momento de resolver procedimientos sancionatorios.
El académico explica que este diseño institucional fue concebido para fortalecer la legitimidad, objetividad y debido proceso en materias especialmente sensibles, como la imposición de sanciones. En ese contexto, destaca la relevancia de las disidencias, entendidas como la posibilidad de que uno o más consejeros manifiesten formalmente su desacuerdo con la decisión adoptada por la mayoría.
Para ejemplificar sus efectos prácticos, el investigador analiza una resolución de la CMF dictada en enero de 2024, en la que se aplicó una multa por infracción a la Ley de Mercado de Valores. Uno de los consejeros sostuvo una interpretación distinta respecto de los requisitos para configurar la infracción, criterio que posteriormente fue acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago al dejar sin efecto la sanción.
A partir de este caso, sostiene que las disidencias pueden cumplir funciones relevantes dentro de los organismos reguladores, al advertir eventuales ilegalidades, enriquecer la deliberación interna y contribuir a una mejor fundamentación de las decisiones administrativas y judiciales. “Sin perjuicio de los reparos que puedan efectuárseles, como permitir al destinatario de la decisión tener mayores argumentos para impugnar o deslegitimar el rol de organismos que no tienen por propósito impartir justicia, estimamos que su existencia y difusión acarrean beneficios que deben ser considerados para su abordaje por la academia, el legislador y —sobre todo— por los propios organismos administrativos reguladores”, señala.
Revisa la columna completa del profesor Nicolás Enteiche en El Mercurio Legal.