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La pandemia no exime al demandante del impulso procesal del procedimiento civil

Resumen

El sistema procesal civil chileno se rige por el principio dispositivo de las partes. La carga del impulsar el proceso recae sobre la parte demandante. La inactividad es sancionada con el abandono del procedimiento. La pandemia trajo consigo la dictación de leyes procesales que establecieron regímenes jurídicos excepcionales en los procedimientos judiciales. Dicha excepcionalidad no altera el principio dispositivo de parte.

Abstract

The civil procedural system of Chile is governed by the principle of party-disposition. The plaintiff is responsible for driving the proceeding. Inactivity is sanctioned with the abandonment of the proceeding. The pandemic brought with it the enactment of procedural laws that established exceptional legal regimes in judicial proceedings. Such exceptionality does not alter the principle of the party-disposition.