La estabilidad de los actos administrativos urbanísticos
Resumen
El presente artículo analiza la característica de la estabilidad de los actos administrativos, especialmente en materia urbanística. Con este propósito se precisa que esta particularidad, propia de los actos decisorios favorables, siempre debe respetarse por la Administración del Estado, salvo que ésta invalide un acto por la mala fe del beneficiario. A continuación se estudia la hipótesis de que se pretenda, a través de un acto interpretativo, modificar actos decisorios urbanísticos tales como permisos de edificación y recepciones de obra. Ello sería improcedente, no sólo debido a que un acto interpretativo no puede alterar otro decisorio, sino también porque se vulneraría el principio general de irretroactividad, los derechos a la propiedad y la seguridad jurídica, así como diversas normas legales.