El pasado 21 de diciembre, Marisol Peña, directora del Centro de Justicia Constitucional de nuestra Facultad, publicó una columna en el medio La Tercera, abordando la compleja relación entre lo público y lo privado en el caso Monsalve.
El caso Monsalve, que ha captado la atención mediática en los últimos días, involucra la formalización y prisión preventiva de una figura clave del actual gobierno. Sin embargo, según Marisol Peña, la discusión no debe limitarse al ámbito penal, sino también considerar el equilibrio entre el derecho a la privacidad y la obligación de accountability que recae sobre los servidores públicos.
En su columna, destaca que mientras la ley permite sacrificar ciertos aspectos de la privacidad de quienes ejercen cargos públicos cuando están involucrados en delitos, este estándar no puede aplicarse de la misma forma a las víctimas, especialmente en casos que afectan las esferas más sensibles de su intimidad, como lo son los delitos sexuales.
“La información que se difunda debe respetar la privacidad de las víctimas, evitando detalles innecesarios que puedan revictimizarlas, mientras se mantiene la transparencia en los casos que involucran a figuras públicas”, señala. Además, enfatiza en la importancia de la ponderación de derechos en situaciones como esta, para evitar que la protección de uno implique la anulación total del otro.
Su análisis invita a reflexionar sobre el rol de los medios de comunicación y las autoridades en casos judiciales de alto impacto, buscando un justo equilibrio entre el derecho a la información y el respeto a la privacidad.
Para conocer en profundidad lo expuesto por Marisol Peña sobre este complejo caso, te invitamos a leer la columna completa publicada en La Tercera:
Columna de Marisol Peña: Lo público y lo privado en el caso Monsalve
El caso Monsalve ha copado la agenda de los medios de comunicación en la última semana. Mucho se ha dicho sobre las circunstancias de este caso que han llevado a formalizar y someter a prisión preventiva a uno de los hombres más fuertes del actual gobierno. Sin embargo, se constata la ausencia de una reflexión más profunda tendiente a deslindar la delicada frontera que existe entre lo público y lo privado. Sobre todo, cuando se trata de actos que involucran a quienes, en razón de los cargos que ejercen o han ejercido, activan el accountability ciudadano que, necesariamente, va acompañando el juzgamiento penal.
La ciudadanía merece saber cómo obran aquellos que gestionan sus intereses desde las posiciones de poder. La pregunta es cuánto debe saber y cómo debe saber. Respecto de esta última parte, no cabe duda que los medios de comunicación cumplen un importante rol en recabar y brindar la información necesaria a la opinión pública, al que se une la actividad que se despliega a través de las redes sociales que la jurisprudencia de nuestros tribunales ha asimilado a dichos medios.
Respecto de cómo se debe saber, el caso Monsalve exigía que los medios de comunicación informaran a la opinión pública, pues la ley que regula el ejercicio del periodismo tolera que la protección de la privacidad ceda cuando se trata de personas que ejercen cargos públicos y que cometen delitos o participan en ellos. El problema es que el delito referido a este caso no sólo involucra a quien, aparentemente, lo cometió, sino que a la víctima del mismo, quien no está afecta a la misma obligación legal de tolerar el sacrificio de su privacidad.
De esta forma, la información que se difunda debe tener en cuenta que el delito de violación afecta una de las esferas más delicadas de la privacidad de una persona, al punto que la ley sobre protección de datos personales califica como datos sensibles aquellos referidos a la vida sexual de las personas. Estamos hablando de aquella información íntima que una persona no desea que sea conocida por otros sin su consentimiento. Monsalve debía aceptar esa intromisión en su privacidad porque ejercía un cargo público, pero la víctima no.
Es claro, entonces, que aquí se han enfrentado dos posiciones que no están en el mismo nivel frente a la protección de su privacidad. Ello debió llevar a que las autoridades involucradas en la investigación criminal como los medios de comunicación, impidieran la difusión de hechos, circunstancias o detalles que violaran la privacidad que debe asegurarse a la víctima del delito.
Cuando se enfrentan derechos de titulares distintos, la técnica de la ponderación ayuda a balancear el conflicto, de modo que si se llega a sacrificar uno de esos derechos, nunca podrá llegarse a su anulación. Como queda camino judicial por delante, vale la pena pensar si aún puede lograrse un justo equilibrio en un caso tan dramático como el que hemos conocido.
Por Marisol Peña, Centro de Justicia Constitucional UDD