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Marisol Peña opina sobre los indultos presidenciales: “A mí juicio, sí existe mérito para una acusación constitucional contra el Presidente, pese a las disculpas que él entregó posteriormente”.

Al respecto, la Directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Marisol Peña, distingue entre el contenido del decreto y las expresiones verbales del mandatario.

En entrevista con El Mercurio, la expresidenta del Tribunal Constitucional sostiene, “lo que llama la atención es que el decreto supremo dice que se concede el indulto en base a una serie de informes de gendarmería, que suelen tenerse en cuenta cuando se otorgan beneficios alternativos de cumplimiento de la pena, como en este caso la remisión condicional de la pena.

Pero, al final, dice que se exceptúa expresamente en este caso el requisito de haber cumplido dos tercios de la pena. O sea, el Presidente de la República estaba consciente de que Mateluna no había cumplido los dos tercios de la pena”.

Tampoco, añade Peña, consideró que Mateluna ya había sido indultado previamente por otro delito en tiempos del Presidente Lagos, vulnerándose otro requisito exigido por la ley 18.050”.

Sobre lo segundo, en tanto, la abogada cuestiona que el Presidente haya dicho que en el caso Mateluna habrían existido irregularidades en el proceso, además de manifestar su convicción de que no se valoraron adecuadamente las pruebas.

Estos dos aspectos, según la académica UDD, “forman parte de la esencia del ejercicio de la jurisdicción.
Y la jurisdicción se ejerce en Chile exclusivamente por los tribunales que establece la ley.

Por eso es que la misma Constitución señala que ni el Presidente ni el Congreso pueden abocarse a causas pendientes ni revivir procesos fenecidos, pero sobre todo, no puede revisar ni el contenido ni el fundamento de resoluciones judiciales”.

En ese sentido, agrega, “a mí juicio, sí existe mérito para una acusación constitucional contra el Presidente, pese a las disculpas que él entregó posteriormente, porque el motivo más grave para acusar a un Presidente es que haya infringido la Constitución desde la perspectiva del Estado de Derecho, arrogándose funciones que pertenecen a otros poderes del Estado”.