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Marisol Peña para El Líbero: El Congreso y el momento constitucional

El Congreso debe dejar atrás esa suerte de complejo que le impide abocarse al ejercicio del poder constituyente derivado, el que forma parte del depósito de confianza representativo que le ha confiado la ciudadanía.

Después de que el gobierno se viera obligado a tener un rol de “observador” del proceso constituyente -como él mismo lo denominó-, las negociaciones tendientes a pavimentar el camino hacia una nueva Carta Fundamental han sido lideradas por los Presidentes de ambas Cámaras. Ello no puede más que celebrarse, porque el Congreso Nacional nunca perdió el poder constituyente derivado, ya sea para modificar la Constitución vigente o para proveer a su reemplazo, dictando las reglas constitucionales pertinentes, pues las contenidas en el segundo párrafo del capítulo XV de la Carta se encuentran definitivamente agotadas.

Aunque celebremos el liderazgo del diputado Soto y del senador Elizalde, lo que no puede suscribirse es la forma en que se han llevado a cabo las negociaciones entre los partidos políticos con representación parlamentaria que han quedado entrampadas en la discusión de los límites o bordes que debiera respetar la redacción de la nueva Carta.

Se trata de un tira y afloja entre los partidos que pareciera no tener fin. Ni siquiera se ha podido avanzar en la definición del órgano que redactaría, lo que da cierta esperanza de que se vaya diluyendo la idea de generar una nueva Convención Constitucional, idea que no puede estar más alejada del sentir del ciudadano común de nuestro país.

Pareciera que el actual momento constitucional, como los denomina Ackerman, exigiera, a lo menos, dos cosas.

La primera es aclarar que el rol del Congreso es el de discutir y aprobar la nueva Constitución cuyos bordes no pueden ser definidos por él mismo, porque el poder no tiende, naturalmente, a autolimitarse. Esta es una máxima tan antigua como la historia de la humanidad. 

Por eso, los límites o contenidos mínimos a incluir en la nueva Carta deben ser determinados por un grupo de expertos independientes, idealmente sin militancia política, que sea capaz de asegurar que la nueva Constitución considere un conjunto de elementos que no son otros que los que forman parte de la esencia de la identidad constitucional chilena, forjada a lo largo de más de 200 años de independencia.

A partir de dicho marco, recién puede el Congreso -y, por ningún motivo, una nueva Convención-, desarrollar la deliberación democrática que es de su esencia dando forma a los contenidos de la nueva Carta. ¿O acaso se ha visto que una ley parta de cero? Por supuesto que no: siempre existe un mensaje presidencial o una moción parlamentaria que determina la materia a legislar y sus fundamentos para que el Congreso pueda imprimirle la forma y el contenido de una norma legal. O sea, existe un marco previo a la deliberación.

Lo segundo es lograr que el Congreso se autoconvenza de su legitimidad para redactar la propuesta constitucional. Desde luego, porque la Constitución le confiere la potestad constituyente y, además, porque éste no es el mismo Congreso al que se imputó inoperancia y cerrazón frente a la realidad desde octubre de 2019.

El nuevo Congreso, elegido en noviembre de 2021, tiene rasgos bien distintos al anterior desde el punto de vista de las fuerzas políticas que lo conforman y ha demostrado ser capaz de adoptar acuerdos políticos transversales que van en bien de todos, como ocurre con la rebaja del quórum para aprobar reformas constitucionales. El Congreso debe dejar atrás esa suerte de complejo que le impide abocarse al ejercicio del poder constituyente derivado, el que forma parte del depósito de confianza representativo que le ha confiado la ciudadanía.

Este proceso constituyente “parlamentario” debe ser permanentemente supervisado por el comité de expertos a modo de garantía de que la identidad constitucional chilena no se verá desfigurada frente a la inevitable necesidad de contar con una Carta Fundamental que recoja los anhelos ciudadanos. Finalmente, un plebiscito ratificatorio para que la legitimidad de la nueva Constitución de Chile quede debidamente asegurada.

*Marisol Peña Torres – Directora Centro de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo