La docente investigadora de la Universidad del Desarrollo (UDD), Lilian San Martín, analiza en su columna de opinión publicada en El Mercurio Legal el 17 de marzo de 2025, una reciente sentencia de la Corte Suprema que reconoce la existencia de obligaciones de garantía en la compraventa de inmuebles.
Según la experta, la sentencia en cuestión establece que el vendedor asume el riesgo de que la cosa no sea propia, y que, si en los hechos resulta no serlo, responde por el incumplimiento de su obligación sin que pueda invocar el caso fortuito o fuerza mayor.
En esta línea, destaca que esta doctrina tiene un enorme potencial alcance en la práctica contractual, ya que la afirmación de que el vendedor es dueño exclusivo de la cosa que vende es una cláusula de estilo en los contratos.