Cada generación tiene sus propios desafíos, a los cuales debe hacer frente desde múltiples perspectivas. El enfoque legal es uno de los que hay que considerar, es decir, es importante analizar si es que el Derecho vigente tiene la habilidad de hacerse cargo de los nuevos retos, y si puede hacerlo de manera adecuada y oportuna. Puesto que, si no lo es, se vuelve necesario introducir las reformas que sean pertinentes.
En Chile, así como en el mundo en general, las últimas décadas han estado marcadas por el rápido avance de la tecnología, lo que ha venido a irrumpir en la vida de las personas, modificando la forma en que éstas se relacionan en casi todos los ámbitos. Redes sociales, marketplaces, motores de búsqueda, etc., son parte del día a día de los seres humanos. De esta manera, la conexión vía mercados digitales se ha convertido en una forma común de interactuar.
Como es sabido, la libre competencia es la rama del Derecho que regula y promueve la sana rivalidad entre competidores. Su objetivo final es el bienestar general de la sociedad, el que se logra, en mayor medida, cuando la producción de bienes y servicios es eficiente.
En general, la teoría económica ha considerado que, para alcanzar dicha eficiencia, es necesario que el rol del Estado en economía deje espacio a la participación de los privados. Es por esto que solo se justifica un estatuto jurídico sobre libre competencia cuando el sistema económico de mercado es el que subyace bajo la comunidad.
Este sistema podrá estar más o menos regulado, contar con mayores o menores instancias de intervención estatal, etc., pero siempre privilegia a las personas por sobre el Estado, y reconoce el derecho de aquellas a auto determinarse libremente en materia económica, esto es, al momento de tomar las decisiones de qué, cómo y para quién producir.
Los países en que impera tal sistema económico han comenzado a preguntarse si es necesario adecuar su legislación sobre libre competencia para anteponerse a posibles problemas en los mercados digitales. En principio, la respuesta es sí, si es necesario.
Académicos, centros de investigación y autoridades de la competencia así lo han manifestado; y es así como estos temas se encuentran constantemente en el debate en la Unión Europea, Estados Unidos, Inglaterra, Australia y Alemania, por ejemplo. Chile no se ha quedado atrás en lo que ha mercados digitales respecta.
El Estado de Chile se encuentra implementando una Política Nacional sobre Inteligencia Artificial, por una parte, y el debate constituyente ha recogido la relevancia de la protección de datos personales, por la otra.
En la misma línea, autoridades como el SERNAC han buscado regular la interacción entre proveedores y consumidores en mercados digitales, con el objetivo de evitar abusos de la parte más fuerte de dicha relación.
En materia de libre competencia, también es importante adecuarse a los tiempos, y regular la relación entre competidores en los mercados digitales, de manera tal que se reduzca el riesgo de conductas anticompetitivas, principalmente de abuso de posición dominante y de colusión. Por ejemplo, sería interesante ver como Chile avanza hacia una regulación en esta materia, que permita a la autoridad tener acceso a información relevante de compañías digitales que superen ciertos umbrales y/o que tengan una posición relevante en el mercado en cuestión.
De esta manera, sería más fácil analizar el mercado relevante, y evaluar si una determinada operación es potencialmente dañina para la competencia, para evitar que implementen actos que aumenten afecten el bienestar de las personas, o bien, implementar medidas oportunas y adecuadas que puedan mitigar eventuales efectos negativos.
Lo anterior, implica dar más atribuciones a la Fiscalía Nacional Económica, en específico, dotarla de la facultad de identificar aquellas empresas que, cumpliendo con ciertos requisitos, sean consideraras legalmente como gatekeepers, y que por lo tanto deban cumplir con obligaciones especiales, tales como la entrega de información específica y/o la autorización previa para ser parte de una operación de concentración.
En caso de no cumplir con estas obligaciones, las compañías serían sancionadas con multa, e incluso con penas privativas de libertad para las personas naturales involucradas, en el caso de que se configurara el delito de colusión.
En resumen, si queremos transitar en paz por el mundo virtual, es necesario estar a la altura de los tiempos. Por ello, es necesario que Chile avance en reformas en materia de libre competencia, considerando las características particulares de los mercados digitales.
Después de todo, es en estos mercados donde tienen lugar gran parte de las transacciones e interacciones, y su potencial de crecimiento es tan alto como exponencial.
*Francisca Labbé, profesora Investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa de la Universidad del Desarrollo. Columna de opinión publicada por INNOVARTE ONG.