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Caso Salmones: Las penas correctas, por Francisca Labbé F.

Carta a la Diretora del Diario Financiero, publicada el lunes 25 de diciembre.

Señora Directora: El efecto disuasivo de establecer penas de privación de libertad en casos de colusión ha quedado en evidencia con el caso Salmones. Según la investigación de la FNE, las empresas requeridas se habrían coludido entre 2003 y 2015.

Entonces la colusión no se sancionaba con pena de cárcel, dado que la Ley 19.911 de 2003 suprimió dicha condena, y ésta sólo fue reestablecida en agosto de 2016, con la Ley 20.945. Creo que todos los delitos deben tratarse de manera distinta, pero en el caso de colusión es de toda lógica pensar que el posible autor de un delito de esta naturaleza tiende a ser racional y a ponderar las consecuencias de sus actos.

Por ello, el establecer en la ley que la sanción a delitos anticompetitivos tan graves como la colusión es la privación de libertad, resulta ser eficiente para evitar que las conductas se produzcan. Finalmente, éste es el objetivo de una regulación económica eficaz: prevenir actos de unos pocos que afecten las decisiones económicas de todos.

FRANCISCA LABBÉ F. CENTRO DE DERECHO REGULATORIO Y EMPRESA UDD