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¿Tiene sentido regular constitucionalmente materias como la familia (y los elementos constitutivos del matrimonio)?

Resumen

Este trabajo plantea que la Constitución Política -como la mayoría de las normas jurídicas- no es valorativamente neutra. No lo es en materia política y económica, menos todavía en lo que dice relación con la regulación de instituciones fundamentales como la familia (y sus elementos constitutivos). Lo anterior se debe a que si bien la Carta Fundamental debe respetar las distintas formas de vida que no sean delictivas ni atenten contra el interés público, sólo ha de promover, incentivar y proteger aquellas que sean socialmente valiosas, entre ellas la familia, constituida a partir de un hombre y una mujer. En tal sentido, se sostiene que la Ley Fundamental no consagra el derecho al reconocimiento de la diversidad
-una cosa es tolerar la diversidad y otra es favorecer todo tipo de diversidad-, sin perjuicio del respeto humano que debe brindarse a las distintas formas de vida, lo que supone la no discriminación arbitraria respecto de las mismas.