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Recepción de la imprevisión en el Código Civil chileno

Resumen

En el presente trabajo se pretende entregar un enfoque favorable a la recepción de la teoría de la imprevisión en el Código Civil chileno. A partir de la directriz de buena fe objetiva, el instituto de la lesión enorme y otros elementos, se plantea que su admisión no sólo es compatible con la nomenclatura de nuestra legislación, sino que también no implica relativizar la fuerza obligatoria de los contratos consignada en el artículo 1545. Por el contrario, éste debe seguir siendo el principio rector en la esfera de las relaciones contractuales, acorde a la idea de seguridad jurídica. En apoyo de esta tesis, se examina la Imprevisión a la luz de doctrina y jurisprudencia, tanto nacional como extranjera, además de una breve referencia a los efectos que debiesen resultar de acogerse una acción de esta naturaleza. Para ello, se plantea que no es necesaria una reforma legal que la introduzca, pudiendo ser aplicada tanto por la justicia arbitral como por la justicia ordinaria. Sin perjuicio de lo anterior, la reciente jurisprudencia de la Excma. Corte suprema parece indicar lo contrario, pues afirmó que el «»pacta sunt servanda»»es un obstáculo para la procedencia de la imprevisión.