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Organización del regulador de los mercados financieros. Derecho comparado

Resumen

Tras la crisis de subprimes y en un momento en que los escándalos financieros parecieran ser cada vez más frecuentes, los poderes estatales buscan mejorar los sistemas de regulación de los mercados financieros. En Inglaterra se propone suprimir la FSA, en Francia, contra todo pronóstico que considere la cultura jurídica francesa, se acaba de otorgar a la AMF el poder de transigir. En Chile se propone remplazar la SVS por un cuerpo colegiado. En Latinoamérica, el proyecto MILA (Mercado Integrado Latinoamericano) integra operativamente los mercados financieros de Colombia, Perú y Chile, lo que supone varios desafíos.
Cuando se busca mejorar la legislación interna se tiende a mirar el derecho comparado, es por esto que creemos útil presentar un estudio aún limitado, de la organización y poderes de algunos de los reguladores del mundo. Este texto se centrará en el primer aspecto, esto es en la organización jurídica de los reguladores, destacando dos características fundamentales de esta organización: la profesionalización y la independencia. El acento será puesto en el derecho regulatorio francés, el que a diferencia del derecho inglés o norteamericano es menos conocido para el jurista latinoamericano, ello no quita que también haremos referencia a estos últimos. Para representar a América Latina escogimos las legislaciones colombiana, mexicana y chilena.