¿Es constitucional la norma del inciso 2o del artículo 182 del Código Civil chileno, que impide impugnar la filiación determinada del hijo concebido mediante la apli- cación de técnicas de reproducción humana asistida o reclamar una filiación distinta?
Resumen
El presente trabajo aborda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional respecto de la amplia admisibilidad de los medios de prueba en los juicios de filiación y la constitucionalidad de la sanción impuesta por la ley ante la negativa injustificada a someterse a una pericia biológica de paternidad o maternidad. Asimismo, se aborda la inconstitucionalidad del artículo 206 del Código Civil, que restringe el ejercicio de acciones filiativas respecto de los herederos del padre o madre fallecido. Por último, tomando en cuenta los criterios jurisprudenciales y la evolución doctrinaria en materia de acciones de filiación, sostiene la inconstitucionalidad del artículo 182 del Código Civil, que impide al hijo concebido mediante técnicas de reproducción humana asistida interponer las acciones de impugnación o de reclamación para establecer su verdadera identidad.