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El régimen de cumplimiento e implementación del Acuerdo de París

Resumen

La insuficiencia de las actuales Contribuciones Nacionalmente Determinadas –promesas individuales de los países sobre sus acciones climáticas– para alcanzar los objetivos de largo plazo del Acuerdo de París, genera una interrogante sobre la efectividad del Tratado para hacer frente al desafió global del cambio climático. Ante este escenario, adquieren una importancia crítica los mecanismos diseñados para la rendición de cuenta y la facilitación del cumplimiento del Tratado, a pesar de que la mayor parte de las disposiciones del Acuerdo de París tienen una naturaleza de derecho blando y carecen de fuerza vinculante. Los arreglos institucionales y procedimientos establecidos para este régimen climático fueron construidos sobre la base de la experiencia de los mecanismos de cumplimiento de otros Acuerdos Multilaterales sobre Medioambiente (AMUMA). Estos mecanismos de facilitación del cumplimiento se caracterizan por adoptar un esquema denominado en la doctrina como gerencial, que privilegia un modelo no punitivo o sancionatorio, y que busca promover la cooperación con la Parte en las situaciones de incumplimiento, el cual, en la mayoría de los casos, se debe más a la falta de capacidades o recursos que a razones de alcance legal.

Abstract

The inadequacy of the current Nationally Determined Contributions –individual pledges by countries regarding their climate actions– to achieve the long-term goals of the Paris Agreement raises questions about the effectiveness of the treaty in addressing the global challenge of climate change. Given this scenario, the mechanisms designed for accountability and facilitating compliance with the treaty acquire critical importance, despite the fact that most of the provisions of the Paris Agreement have a nature of soft law and lack binding force. The ins-titutional arrangements and procedures established for this climate regime were built on the ex-perience of the compliance mechanisms of other Multilateral Environmental Agreements (MEA). This governance is characterized by adopting a scheme known in the doctrine as managerial, which favors a non-punitive or sanctioning model and which seeks to promote cooperation with the Party in situations of non-compliance, which in most cases is due more to lack of capacities or resources than to circumstances of legal nature.