Responsabilidad Civil de los bancos por fraudes informáticos a la luz de la Ley de Protección de los Consumidores
Resumen
Se abordan problemas relativos a la verificación de actos de hacking bancario, proyectándolos desde la afirmación que lo que vincula al banco con sus clientes es una relación de consumo. Entendemos que existe un deber de seguridad que recae en el banco, cuyo incumplimiento debe presumir se una vez materializado el fraude. Analizamos el problema considerando como víctima a personas jurídicas, aquello nos permite pronunciarnos sobre la pertinencia indemnizatoria del daño moral de dichas entidades. Nos interrogamos sobre cuál es el régimen de responsabilidad civil a través del cual el cuentacorrentista, o usuario de tarjetas bancarias, puede perseguir la responsabilidad del banco.
Abstract
Problems related to the verification of bank hacking acts are addressed, projecting them from the affirmation that what links the bank with its clients is a consumer relationship. We understand that there is a security duty that falls on the bank, whose non-compliance must be presumed once the fraud has materialized. We analyze the problem considering legal entities as a victim, which allows us to rule on the compensatory relevance of the moral damage of said entities. We ask ourselves about the civil liability regime through which the account holder, or user of bank cards, can pursue the bank’s responsibility.