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Notas sobre la recaudación del impuesto territorial

Resumen

El impuesto territorial es un tributo anual que grava la propiedad de los bienes raíces, cuyo importe se determina sobre el avalúo fiscal de los inmuebles. La Ley N° 17.235, de 1969, sobre Impuesto Territorial, establece reglas particulares que inciden en el devengo y exigibilidad del impuesto, en su giro, en el pago del tributo, y dentro de esto, en la determinación de las personas obligadas a efectuarlo, el lugar en que ha de ser hecho, y, por último, al tiempo en que se ha de realizar. Estas normas se complementan con las que el Código Tributario establece para facilitar el control y la acreditación del pago. Tales disposiciones son aplicables tanto a la denominada recaudación en período voluntario, como a aquella otra que se verifica en período ejecutivo, resultando especialmente gravitantes en esta última, toda vez que orientan al Servicio de Tesorerías para ejercer su acción ejecutiva de cobro dentro del procedimiento especial destinado al efecto. La aplicación práctica del bloque normativo aludido no ha estado exenta de problemas, en donde el conocimiento oportuno, por los deudores morosos, del cobro enderezado en su contra por el Fisco y la extensión de su responsabilidad frente al crédito impositivo emergen como fuentes de conflicto entre el Estado y los particulares. El presente trabajo tiene por objeto entregar algunas notas generales acerca de la recaudación del impuesto territorial en su primera vertiente, mientras que respecto de la recaudación en período ejecutivo pretende centrar el análisis no en la descripción de las normas que gobiernan el proceso de ejecución, sino que en los problemas ya enunciados; de manera que las reflexiones alcanzadas permitan construir soluciones útiles y equitativas.