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El Magíster en Derecho Ambiental invita a los abogados Ximena Marcazzolo y Carlos Claussen para explicar la nueva Ley de Delitos Económicos

El Magíster en Derecho Ambiental, conjunto al Estudio Jurídico Claussen & Velasco, organizaron el «Webinar: Compliance Penal Ambiental», con el fin de otorgar un nuevo espacio de conversación y difusión sobre la recién promulgada ley 21.595, que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, regula las penas y consecuencias adicionales aplicables a las personas responsables de estos delitos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar y complementar su normativa en el ámbito del derecho penal económico.

La actividad que se desarrolló de manera online el miércoles 13 de diciembre, contó con la destacada participación del Director del programa de Magíster en Derecho Ambienta, Raúl Campusano; la investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Ximena Marcazzolo; y el fundador del Estudio Jurídico Claussen & Velasco, Carlos Claussen.

El webinar «Compliance Penal Ambiental», tuvo por objetivo dar a conocer los puntos más relevantes de la legislación, las modificaciones que se han realizado y desmitificar ciertos temas que se han generado desde su promulgación.

El encargado de dar inicio al seminario fue Raúl Campusano, quien dio una breve introducción de la nueva legislación, señalando que «el objetivo de esta ley tiene por finalidad sistematizar los delitos económicos contra el medio ambiente, modificando varios cuerpos legales que tipifican delitos contra el orden social y económico, adecuando las penas aplicables. Este es un tema que está generando especial interés con los delitos ambientales, y la ley añade los delitos contra el medio ambiente en la categoría de Delitos Económicos. Sin duda este es un tema que general special interés para el análisis. Para esto, tenemos a dos brillantes especialistas, Ximena Marcazzolo y Carlos Claussen, quienes abordarán la nueva ley desde diferentes perspectivas».

Ximena Marcazzolo

Con el nombre «Reflexiones en torno a la Ley de Delitos Económicos», la abogada penalista e investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Ximena Marcazzolo, presentó una ponencia centrada en la Ley 21.595, en la que abordó las reflexiones generales sobre esta nueva legislación, destacando la complejidad de la misma y la necesidad de aclarar algunos puntos. 

Inicialmente se enfocó en una introducción al delito económico, discutiendo su significado y las principales modificaciones introducidas por la Ley 20.393, destacando la importancia de estas modificaciones en el contexto de delitos medioambientales, que a menudo están vinculados a actividades empresariales. 

Posteriormente, la académica presentó una gráfica para ilustrar la Ley de Delitos Económicos (Ley 21.595), subrayando su carácter especial y las modificaciones en diversos cuerpos legales, incluyendo el Código Penal. Explicó que la determinación de un delito como económico se vincula al concepto de empresa y detalló las categorías de delitos económicos establecidas por la ley. 

En cuanto a las penas, Ximena Marcazzolo resaltó un régimen especial más severo para la delincuencia económica, con atenuantes y agravantes específicos, así como limitaciones en las penas sustitutivas. También mencionó la introducción de la reclusión parcial en establecimiento y un sistema de penas de día-multa, con un enfoque en el ingreso diario promedio del infractor. 

Asimismo, la profesora Marcazzolo abordó las modificaciones en la responsabilidad penal de las personas jurídicas, destacando el amplio catálogo de delitos y la necesidad de adoptar modelos de prevención de delitos, subrayando que la responsabilidad ahora se vincula más directamente a la implementación efectiva de estos modelos. 

Carlos Claussen

La ponencia del abogado Carlos Claussen durante el Webinar Compliance Penal Ambiental abordó la vigencia de la ley 20.393, que data de 2009 y ha experimentado modificaciones en la reciente ley 21.595. En su exposición, Clausen destacó la responsabilidad penal de las empresas, subrayando la relevancia de comprender el término «compliance» en el contexto de la legislación chilena. 

El abogado explicó que, aunque el término «compliance» no figura explícitamente en la ley, su interpretación se basa en la doctrina y práctica, especialmente de empresas con origen anglosajón. Se enfocó en el concepto de «modelo de prevención de delitos», identificándolo como un sistema de prevención de incumplimientos normativos, ya sea voluntarios o vinculados al texto legal, distinguiendo entre el cumplimiento «soft» y «hard». 

Claussen señaló que la necesidad del modelo de prevención surgió con la ley 20.393 de 2009, que estableció la responsabilidad penal de las personas jurídicas en Chile. Luego, la ley 21.595, de agosto de un año reciente, introdujo más de 200 nuevos tipos penales, siendo considerada una modificación significativa al Código Penal. 

En cuanto a los delitos ambientales, Claussen los relacionó con la ley 21.595, explicando que se dividen en tres categorías: nuevos delitos económicos, delitos ambientales y delitos ambientales específicos para la minería. Destacó la importancia de entender la ley para las personas naturales y jurídicas, ya que implica sanciones más severas, especialmente para quienes tienen roles jerárquicos en las empresas. 

La exposición abordó la evolución del derecho ambiental en Chile, desde la década de los 70 en el ámbito internacional hasta la reciente ley 21.595. Se discutieron las características de los delitos ambientales, su relación con el derecho administrativo y los posibles problemas de técnica legislativa. Claussen concluyó destacando la importancia de la consulta de pertinencia y el impacto de la ley en diversas empresas, subrayando la complejidad y la necesidad de comprender su alcance. 

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