Constanza Tobar, Académica de Derecho Público de nuestra Facultad y secretaria del ICHDA, opina como experta en noticia publicada el pasado lunes 26 de octubre en el Mercurio de Antofagasta.
Millones de chilenos resolvieron ayer que el país iniciará el camino para contar con una nueva Constitución que reemplace la dictada en 1980 (modificada en 1989 y 2006).
El proceso -que durará un par de años- será desarrollado por una comisión constitucional, cuyos integrantes serán elegidos el próximo año.
¿Cómo debe ser esta nueva Constitución? fue la pregunta que trataron de responder cuatro destacados abogados y académicos locales, quienes analizaron las principales brechas del texto vigente.
Los consultados mencionaron por ejemplo la necesidad de establecer mayores garantías en derechos sociales, como salud, educación y previsión social; modificar los quórum requeridos para ciertas leyes y revisar la actual estructura del Estado, sin descartar incluso un sistema del tipo federal.
La multiculturalidad, el reconocimiento de nuevos derechos fundamentales y la subsidiaridad del Estado también son asuntos de gran interés para los abogados.Derechos
La abogada y doctora en Ciencia Política, Katherine Becerra, considera que un cambio importante que debe contener la nueva constitución está en el área de los derechos sociales.
Esto, porque -asegura- la actual carta magna, si bien establece algunos, como el derecho a la educación, salud y la seguridad social, los aborda en el artículo 19 y están establecidos en términos de libertad.
«Lo que establecen estos derechos es, por ejemplo, la libertad de los padres a escoger el colegio de sus hijos, de los privados a crear establecimientos de educación, a escoger ciertos sistemas en salud y seguridad social en términos genéricos.
Entonces, eso habría que cambiarlo, puesto que está relacionado netamente con el principio de subsidiariedad del Estado, donde somos los particulares los que tenemos que realizar estas acciones», indicó.
Becerra dijo que también es importante considerar nuevos quórum para aprobar las leyes en el Congreso.
«Esto (actual artículo 66) distorsiona el principio democrático, básicamente porque en el parlamento es muy difícil que se llegue a acuerdos en temas sustanciales, como de organización del Estado, para los cuales se requiere un quórum alto (4/7 de los diputados y senadores en ejercicio).
Por eso, es difícil cambiar ciertas instituciones o modificarlas para el beneficio de la ciudadanía, o en temas de derechos fundamentales también se requieren quórum muy altos», puntualizó.
El abogado y académico de la Universidad Santo Tomás, Pedro Céspedes, tiene una visión similar y plantea su interés en revisar el rol del Estado, que se grafica en el Artículo 19 Nº 21 de la actual Constitución, y que dice relación con el principio de subsidariedad, es decir, que el Estado sólo interviene en la actividad económica cuando los particulares no pueden hacer algo, no deben o no quieren realizar una determinada actividad.
«En virtud de este concepto se produjeron todas las privatizaciones y concesiones de servicios básicos, autopistas, cárceles, y hasta hospitales como en el caso de Antofagasta, que tiene cárcel y hospital concesionados en manos de privados», indicó.
Céspedes agrega que la discusión debiera ser si se cambia este paradigma, por un Estado más participativo en la actividad económica, que otorgue mayores derechos fundamentales o los regule de mejor forma, en salud, educación, transporte, seguridad ciudadana.
También cree que para disminuir el nivel de corrupción en las instituciones del Estado, Contraloría General debe contar con más recursos para ejercer un control efectivo.
Asimismo, menciona la necesidad de una modernización o modificación del Tribunal Constitucional, de las Fuerzas de Orden y Seguridad, sistema de pensiones y salud privada, en cuanto a su composición, facultades, procedimientos, formación, regulación y revisión de cada una de sus áreas.Federalismo
El profesor de derecho constitucional de la UA, Jerson Valencia, indicó que uno de los aspectos más cuestionados es la estructura del Estado, la cual al ser de carácter unitario, concentra el impulso político y gubernamental en un gobierno central.
«En ese sentido, con el proceso constituyente existiría la posibilidad de avanzar hacia una descentralización política efectiva, a través de la configuración de estados regionales o, por qué no, modificar nuestra estructura a un Estado Federal, que permita dotar de autonomía política y financiera a los diversos espacios territoriales del país», indicó.
Valencia mencionó también el tipo de gobierno, «ya que la forma en que ha sido configurado el presidencialismo en Chile, genera desequilibrios insostenibles entre el Presidente y el Congreso».
Y agrega que «lo anterior no permite responder a una adecuada ni ponderada representación política del ciudadano, la cual, debiese manifestarse en toda su diversidad en un órgano colegiado como el Congreso».
Un tercer elemento a abordar, a juicio del académico, guarda relación con el reconocimiento de los derechos fundamentales y sus correspondientes garantías.
«En el primer caso, Chile se ha caracterizado por no adecuar su derecho interno a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que ha suscrito y ratificado, incumpliendo con los compromisos asumidos en materia de protección a los derechos humanos de las personas que habitan el país», indicó.
En el segundo caso, agrega que si bien, «la Constitución de 1980 regula mecanismos de protección para los derechos fundamentales, como el recurso de protección, estos mecanismos sólo están dispuestos para los derechos fundamentales individuales (propiedad privada, libertad para desarrollar actividades económicas, etc.), dejando fuera los derechos fundamentales de carácter social (derecho a la educación, derecho a la salud o derecho a la seguridad social)».»deudas»
La abogada Constanza Tobar, académica de la Universidad del Desarrollo, estima que la nueva constitución debe saldar las «deudas» del actual texto.
Entre ellas, menciona la necesidad de declarar, junto a la naturaleza de Estado Unitario de Chile, su condición de Estado Multicultural.
«Pienso que de esa forma se salda una deuda histórica con los pueblos indígenas de nuestro territorio y que nuestras constituciones no han resuelto», manifestó.
Tobar también agregaría a la nueva Constitución los principios de transparencia y probidad de la función pública, y el principio de participación ciudadana como eje de la planificación territorial.
La experta además considera que en materia de nacionalidad y ciudadanía, debe reponerse el voto obligatorio y en derechos fundamentales «deben agregarse la protección y garantía de los derechos humanos en toda su amplitud; el medioambiente, la biodiversidad, los ecosistemas, la flora y la fauna como bienes jurídicos protegidos; y el aseguramiento al acceso al agua como derecho esencial».
Otras reformas que considera pertinentes son eliminar prerrogativas que significan una intromisión excesiva del Ejecutivo en otros poderes del Estado (en la remoción de jueces, por ejemplo); atenuar su participación en el nombramiento de miembros de los órganos autónomos (Tribunal Constitucional, Contralor General, Fiscal Nacional, etc), e incorporar la iniciativa popular de ley como forma de inicio al trámite legislativo.