Columna de Análisis Jurídico del Dr. Julio Alvear Telléz, Director de Investigación y Director del Centro de Justicia Constitucional de la Facultad de Derecho, Publicada el viernes 22 de noviembre en El Mercurio Legal.
«… Los supermercados se han convertido en centros de abastecimiento masivo de la población, particularmente gravitante en las ciudades pequeñas, donde no hay otras opciones viables. Las amenazas a su diario funcionamiento hieren uno de los derechos humanos más fundamentales: la posibilidad de acceso efectivo a los bienes básicos…»
La cadena norteamericana Walmart ha interpuesto seis recursos de protección en distintas ciudades del país ante las amenazas de nuevos saqueos y quemas a sus supermercados.
Sorprende la inseguridad que estamos viviendo cuando se entra en detalles. Puede resultar tedioso levantar una lista de ciudades donde los supermercados han sido atacados, pero es precisamente con esa información que podemos medir los reales alcances del problema. Generalmente nos centramos en Santiago y otras grandes ciudades estratégicas, pero hay que ir más allá. En la Corte de Apelaciones de Concepción, Walmart ha solicitado protección constitucional para la actividad económica de 29 supermercados que han sido afectados no solo en la capital del Bío Bío, sino también en Talcahuano, Hualpén, Mulchén, Lebu, Coronel, Arauco, Penco, Tomé, Los Ángeles, San Pedro de la Paz, Nacimiento, Curanilahue, Hualqui y Chiguayante.
En la Corte de Temuco se pide amparo constitucional para 16 locales en Temuco, Lautaro, Padre Las Casas, Villarrica, Angol, Nueva Imperial, Victoria y Pucón. En la Corte de Chillán, para seis supermercados de Chillán, San Carlos y Quillón. En la Corte de Arica, para un local severamente afectado en esa ciudad. En la Corte de Valdivia se solicita protección para ocho supermercados de Valdivia, La Unión, Río Bueno y Mariquina. En la Corte de Puerto Montt, para 16 locales de Puerto Montt, Castro, Osorno, Purranque y Puerto Varas.
El escrito sostiene que los supermercados “han recibido graves ataques por parte de masas de individuos que los han saqueado y/o incendiado, produciendo graves daños a su infraestructura y destruyendo y/o robando los productos exhibidos en sus salas de venta, así como los almacenados en sus bodegas”. Como consecuencia, se ha impedido el ejercicio de la actividad económica en dichos locales, poniendo en riesgo la integridad física de los trabajadores, la conservación de sus puestos de trabajo, afectando, además, a la población, “en términos de su normal, adecuado y económico abastecimiento de productos de primera necesidad”.
La acción interpuesta precisa que “el Estado de Chile ha incumplido con su deber de garantizar el orden público y la seguridad pública interior, obligación que debe cumplir a través de las fuerzas de orden y seguridad pública (artículo 101 de la Constitución Política de la República), omisión que ha permitido que hechos como los descritos se hayan producido” y que vienen a privar, perturbar y amenazar gravemente la libertad económica en los términos del art. 19 N°21. Dicha omisión se concreta, incluso, en “la falta de oportuna reacción frente a hechos evidentemente vandálicos”.
En la parte petitoria, se solicita a la Corte adoptar las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la empresa, sus trabajadores y clientes, “ordenando que el Estado cumpla efectivamente con su obligación de garantizar el orden público y la seguridad pública interior, brindando a los locales señalados, a sus trabajadores y clientes debida, oportuna y eficaz protección frente a las serias amenazas de nuevos hechos violentos”.
El caso abre interesantes perspectivas. Los saqueos y quemas de supermercados, realizados con un grado de programación sorprendente, atentan contra uno de los soportes esenciales de la libertad de empresa: el ejercicio pacífico del “derecho de establecimiento” (así llamado por la doctrina alemana). Este derecho supone la localización física de la libertad de empresa, sin la cual ella es ilusoria. Sin espacio material donde proyectarse, el resto de las facultades que ella garantiza caen.
Atentándose contra el derecho de establecimiento no se viola solo la libertad de empresa. Se afecta, asimismo, el bien común. Los supermercados se han convertido en centros de abastecimiento masivo de la población, particularmente gravitante en las ciudades pequeñas, donde no hay otras opciones viables. Las amenazas a su diario funcionamiento hieren uno de los derechos humanos más fundamentales: la posibilidad de acceso efectivo a los bienes básicos.