En la cátedra de Teoría del Acto Jurídico impartida por la profesora Lilian San Martín, tuvimos el honor de recibir a María Jesús Herrera, abogada asociada del área de litigios de Carey, quien reflexionó sobre el concepto de publicidad engañosa en el marco del reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia respecto al caso Not Milk.
En diciembre de 2020, Aproval demandó a NotCo (Rol 3674-2020) por competencia desleal, acusándola de haber incurrido en conductas contrarias a la leal y sana competencia. El 26 de mayo de 2023, el 1º Juzgado Civil de Valdivia acogió la demanda en su totalidad, ordenando el cese de la expresión NotMilk, así como de cualquier figura propia de la industria lechera (como una vaca), en el envase y material publicitario.
Tras esto, la compañía NotCo ingresó un recurso de apelación ante el tribunal de alzada de Valdivia, y se determinó revertir el fallo de primera instancia que condenó a la empresa a no usar su marca «NotMilk» por «competencia desleal». “Por ello no es dable presumir que los consumidores regulares de leche de vaca, que prefieren un producto natural, opten por una bebida de origen vegetal, creada a través de la inteligencia artificial como NotMilk”, sostiene el fallo.
Por su parte, la Asociación Gremial de Productores de Leche de Los Ríos (Aproval) adelantó que recurrirá a la Corte Suprema para revertir esta sentencia.