¿Para qué sirvieron los Encuentros Locales Autoconvocados?Pensar que podrían haber legitimado el proceso constituyente mediante la representación responde a una mala comprensión de los objetivos de este instrumento. Por ello, también se equivocan quienes esperaban que los ELA sirvieran para que el proceso constituyente de Bachelet se legitimara democráticamente.
Sergio Verdugo Ramirez
Los Encuentros Locales Autoconvocados (ELA) han sido criticados por no ser representativos de la ciudadanía y por privilegiar la participación de una elite mejor informada y organizada. La verdad es que siempre se supo que los ELA carecerían de representatividad, ya la representación nunca fue uno de sus objetivos. Pensar que podrían haber legitimado el proceso constituyente mediante la representación responde a una mala comprensión de los objetivos de este instrumento. Por ello, también se equivocan quienes esperaban que los ELA sirvieran para que el proceso constituyente de Bachelet se legitimara democráticamente.
Ambas, la crítica basada en la falta de representación y la expectativa de que los ELA legitimarían el proceso, se equivocan. Entonces ¿cuál era su objetivo? ¿Cómo se justifica su realización?
Hay, al menos, dos respuestas posibles. La primera sostiene que los partícipes de los encuentros son parte de una ciudadanía que apoya activamente el proceso constituyente impulsado por Bachelet. No se trataría solamente de ciudadanos respondiendo encuestas, sino que de personas comprometidas con el proceso de una forma especialmente intensa. Así, podría decirse que los ELA serían parte de una legitimación creciente del proceso. Esta primera respuesta no es honesta. Los ciudadanos tienen múltiples razones para participar en los encuentros locales (e.g. ánimo de influir), y ellas no necesariamente significan adhesión al proceso impulsado por Bachelet ni a la idea de reemplazar la Constitución actual. Los ELA no son un instrumento adecuado para medir adhesión al proceso.
Una segunda respuesta posible dice que el objetivo de los ELAs es obtener insumos para que el Gobierno redacte las bases “ciudadanas” constituyentes. No obstante, los encuentros locales son “ciudadanos” en un sentido muy limitado, no sólo por un problema cuantitativo, sino por un asunto metodológico. La metodología de los encuentros es incapaz de formular propuestas constitucionales consistentes. Su objetivo es proporcionar listas de hasta siete derechos, siete principios y siete instituciones, además de observaciones que no pueden cuantificarse.
El Gobierno nunca explicitó (todavía seguimos esperando) la forma como se traducirían dichas listas en “bases constitucionales”. Una forma absurda de hacerlo sería cuantificando las preferencias. Sin embargo, la única manera de entender la voluntad grupal de cada ELA, es leyendo las actas y razonando sobre las mismas ideas que cada grupo utilizó para entender cada principio, derecho e institución en particular. El problema es que en estas condiciones no es posible diseñar una metodología para extraer la voluntad colectiva de los diversos grupos de una forma consistente y susceptible de ser verificada. Al Gobierno le será difícil (por no decir imposible) producir un documento con un resultado confiable.
Imagine que un grupo quería incorporar 20 derechos (hoy, nuestra Constitución reconoce muchos más), pero tuvo que reducir la lista a siete. La discusión, entonces, pudo formularse en términos de “el derecho X es más importante que el derecho Y”. ¿Significa esto que el grupo quería excluir a Y de la nueva Constitución, formulando una Constitución menos atractiva que la actual? Una conclusión alternativa podría ser: “el derecho X está inmerso en Y, por lo tanto, X es redundante y no es necesario reconocerlo”. ¿Significa esto que todos los grupos entendieron, de igual forma, que uno de los derechos era redundante? ¿Significa ello que no valoran dicho derecho?
Entonces, ¿cuál fue la utilidad de los ELAs? Si la expectativa de quienes participaron en ellos es que su voluntad sea considerada, entonces será inevitable que dichos encuentros generen frustración.
Sin perjuicio de lo anterior, es importante tener presente que los encuentros locales sí cumplieron al menos dos funciones menos ambiciosas que las anteriores, pero no por eso carentes de valor.
En primer lugar, ofrecieron una oportunidad para que grupos interesados discutieran con cierta profundidad la Constitución que quieren. Al formalizar la discusión, el ELA estimuló la seriedad del debate, promoviendo un cierto nivel de profundidad. Ambas cosas (seriedad y profundidad) son más improbables en una discusión informal. Así, se colaboró con la formación de una ciudadanía más consciente políticamente. En segundo lugar, los ELAs sirvieron para que la clase política sacara lecciones. Como no se cambia la Constitución de manera frecuente, la clase política es normalmente inexperta en estos procesos, por lo que esta etapa puede ser razonablemente vista como un período de aprendizaje.
Ambas funciones son valiosas, pero menos importantes de lo que varios dirigentes han sostenido. La primera lección que debería extraerse, es que no es sano sobrealimentar expectativas. Ello es especialmente importante en un escenario como el actual, donde los políticos no han sido capaces de consensuar un proceso constituyente que entregue confianza de manera transversal.
Sergio Verdugo. Centro de Justicia Constitucional, Derecho UDD – Doctorando en Derecho, Universidad de Nueva York (NYU)