Concepción.- Con fecha 14 de marzo de 2019, ha entrado en vigencia la ley 21.081, que modifica la ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, salvo algunas modificaciones específicas, las que tienen un cronograma señalado en la ley y que para la región del Biobio estarán vigentes en 18 meses más contados desde la publicación de la ley..
Este cuerpo legal que fue publicado el 13 de septiembre de 2018 contempla importantes modificaciones a la ley 19.496, las que están destinadas a otorgar una mejor protección a los derechos de los consumidores.
Entre estas innovaciones legales destaca el otorgamiento de facultades fiscalizadora al SERNAC, que le permitirá a este organismo reunir información para constatar eventuales infracciones a los derechos del consumidores, pudiendo citar a los representantes legales de los proveedores. Asimismo se aumentan las multas por las infracciones a la ley incrementándose de manera significativa, estableciéndose un nuevo sistema de determinación de su monto entre otras modificaciones.
Desde el punto de vista del ejercicio de los derechos, la ley 21.081 contempla la posibilidad de iniciar acciones a título individual o en beneficio del interés colectivo o difuso de los consumidores, pudiendo en este último caso, demandar la indemnización de perjuicios por daño moral. De otra parte se amplía el plazo de prescripción para iniciar la acción infraccional que pasa desde los 6 meses desde que se haya incurrido en la infracción al plazo de 2 años desde que haya cesado la infracción, estableciéndose expresamente que el plazo para ejercer la acción civil prescribe de acuerdo a las reglas generales.
Desde la óptica del acceso a la justicia, ésta se facilita estableciéndose una opción para el consumidor individual para ejercer su acción ante el Juzgado de Policía Local de su domicilio o el del proveedor. Igualmente se contemplan normas que facilitarán la prueba en los respectivos juicios.
La nueva ley también contempla beneficios para las micro y pequeñas empresas frente a eventuales infracciones, como la opción de reemplazar una multa por participación obligatoria en capacitación sobre la matera, etc.
Una de las disposiciones de esta ley que atañen especialmente a la Clínica Jurídica dice relación con el reconocimiento legal de éstas como institución pública o privada que puede prestar asistencia al consumidor en su acción judicial.
Con motivo de la entrada en vigencia de la ley, el mismo 14 de marzo, en las dependencias de la Seremi de Economía, se realizó una ceremonia que celebró este hito, la que contó con la participación del SEREMI de Economía, el Director Regional del SERNAC, representantes de asociaciones de consumidores, de oficinas municipales de consumidores y la Clínica Jurídica UDD, en la que se analizaron las principales modificaciones de esta ley y los representantes de cada una de esas instituciones señaló la forma de participación que les cabe en la implementación de esta nueva ley.