El pasado 25 de agosto, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.366, que modifica la ley N°20.659 la que estableció un régimen simplificado para la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales, conocida como Ley de Empresas en un día.
La nueva ley, entre otras materias, viene a perfeccionar y modernizar el Registro de Empresas y Sociedades en el que se encuentran inscritas e incorporadas todas las personas jurídicas que se acogen a la ley 20.659, para los efectos de su constitución, modificación, transformación, fusión, división, terminación, disolución o migración.
Mediante esta modificación legal, se amplían las actuaciones que pueden realizarse directamente en este Registro a través de formularios que estarán en el mismo sitio electrónico, como por ejemplo el otorgamiento de poderes a representantes de la respectiva sociedad o la posibilidad de suscribir, ceder, constituir gravámenes sobre acciones directamente.
Asimismo, se establece que las personas jurídicas que legalmente están obligadas a mantener un Registro de Accionistas, lo llevaran exclusivamente a través de este Registro, el que tiene acceso restringido. Así también se establece un Registro electrónico de Poderes, regulando la forma de incorporar los poderes y delegación de poderes modificados o revocados de las personas jurídicas acogidas a la ley 20.659.
También la ley permite que los usuarios puedan realizar trámites con organismos públicos y privados, solicitando al Registro de Empresas y Sociedades el envío directo de información relativas a las personas jurídicas, socios o mandatarios inscritos en este Registro.
Esta ley requiere de un reglamento que debe dictar el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo dentro del plazo de un año contado desde su publicación el que estará destinado a efectuar las modificaciones contenidas en esta ley al reglamento de la Ley 20.659. Así, las disposiciones de esta nueva ley entraran en vigencia el primer día del sexto mes siguiente a la publicación del reglamento modificatorio.