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Publicada Ley que contempla diversas medidas tributarias y financieras destinadas a apoyar a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas ( Mypymes).

En el Diario Oficial del 20 de enero pasado, se publicó la ley 21.207 que establece diversos beneficios que tienen por objeto apoyar a micro, pequeñas y medianas empresas, que son aquellas que según la ley 20.416 tienen ventas anuales no superiores a 100.000 UF.

Esta ley contempla diversosmedidas tales como la postergación de parte del pago del IVA correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019 para las Mypimes que hayan tenido disminución de facturación en octubre o noviembre de 2019 que exceda el 10% del promedio de su facturación declarada en los 12 meses anteriores. En este caso, el pago se posterga hasta febrero de 2020, pagándose el IVA no enterado en 12 cuotas mensuales, iguales y sucesivas sin multas ni intereses.

Asimismo, se establece la posibilidad para MIpymes con disminución de facturación en octubre o noviembre de 2019 que exceda el 10% del promedio de facturación en los 12 meses anteriores para solicitar la devolución anticipada del impuesto a la renta del año tributario 2020, según porcentaje calculado en la forma indicada en la ley.
Del mismo modo, el artículo 4 de la ley contiene el texto de la ley que regula el régimen especial de donaciones para las Mipymes, que les pemite a éstas recibir donaciones, según procedimiento, requisitos y beneficios contemplados en la ley y el reglamento que se dictará próximamente.

Finalmente la ley faculta a los alcaldes para postergar en hasta 3 meses y sin multas e intereses las fechas de pago de la patente municipal y se autoriza a las Mipymes para pagar las cuotas anuales o semestrales en hasta 6 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, sin multas ni intereses.