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Marisol Peña: Ley sobre uso de la fuerza | Carta al director

Señor Director:

El proyecto de ley que regula el uso de la fuerza, radicado hoy en el Senado (Boletín 15805-07), la define como “aquella que se ejerce por parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para dar eficacia al derecho, en virtud del deber del Estado de resguardar y garantizar el orden y la seguridad pública interior. Este ejercicio deberá observar las disposiciones de la Constitución y las leyes”.

¿Qué supone esta remisión? 1) Que los cuerpos policiales y las Fuerzas Armadas solo actuarán cuando sean facultados por la Constitución y la ley, como ocurriría con la protección de la infraestructura crítica y de las zonas fronterizas; 2) Que cuando los efectivos policiales o de las Fuerzas Armadas operen en estos casos lo harán representando al Estado, que tiene el deber constitucional de proteger a la población y a la familia; 3) Que el Estado debe asumir la responsabilidad por los daños que suponga el despliegue policial o militar sobre los derechos de las personas, sin perjuicio de la responsabilidad que le asista al funcionario policial o militar que hubiere causado el daño; y 4) Que las responsabilidades penales personales que eventualmente se generen deben ser juzgadas por los tribunales militares, pues se trataría de delitos cometidos en actos de servicio, salvo que se trate del delito de amenazas al personal policial o militar cometido por civiles que hayan tenido conocimiento de su calidad de tales, que sería conocido por los tribunales ordinarios.

Un mayor grado de detalle en el proyecto de ley que se discute puede hacer ineficaz el logro del objetivo de proveer a la seguridad de la población paralizando, además, el monopolio legítimo del uso de la fuerza que ejercen las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad. Estos órganos del Estado están obligados, como los demás, a respetar y promover los derechos contenidos en tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes, lo que, finalmente, de cara a un proceso judicial concreto, será la Corte Suprema la llamada a cautelar.

Marisol Peña, Directora Centro de Justicia Constitucional UDD

Fuente: El Mercurio