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Expertos discuten las falencias y virtudes de la Nueva Ley de Delitos Económicos en seminario organizado junto al Colegio de Abogados de Chile

El pasado miércoles 19 de julio, se llevó a cabo una nueva versión del seminario Nueva Ley de Delitos Económicos, organizado por el Centro de Derecho Regulatorio y Empresa junto al Colegio de Abogado de Chile, en el edificio de Postgrado de la Universidad del Desarrollo.  

El encuentro tuvo por objetivo abordar desde la perspectiva del derecho penal y de la empresa, los principales cambios y desafíos que introduce la nueva legislación, sumado a las falencias y observaciones que consideraron nuestros exponentes.  

El seminario comenzó con las palabras de la presidenta de la comisión penal del Colegio de Abogados, Tatiana Vargas, quien comentó que “nos interesa hacer llegar este cúmulo de leyes a los abogados, para que puedan tener un acceso fácil a la información, que la conozcan y que las expliquen. Junto con la importancia de aunar fuerza entre los que estamos interesados en estudiar e investigar estas nuevas leyes”.  

  • Establece un estatuto diferenciado de determinación de pena para los denominados delitos de cuello y corbata. 
  • Cuando el delito tenga una pena teórica de presidio o reclusión –cárcel – es mucho más probable que deba cumplirse efectivamente con privación de libertad, de manera de evitar que se produzca la sensación de impunidad frente a la comisión de delitos económicos. 
  • Agrega también como categoría de “delito económico” a los delitos funcionarios, cuando éstos sean cometidos con la participación de un miembro de una empresa o en favor de esta. 
  • Establece adicionalmente una nueva forma de determinación de la multa (denominada días-multa”), la que se calcula a partir del ingreso promedio diario del condenado. 
  • Este sistema permitirá que la multa pueda ir desde media UTM (como más de 31 mil pesos) hasta una cantidad máxima teórica de casi 19 mil millones de pesos para una persona natural, sin considerar el delito propio que cometa la empresa como persona jurídica. 

Fuente: Página oficial Gobierno de Chile 

SEMINARIO NUEVA LEY DE DELITOS ECONÓMICOS

DIVA SERRA

La primera ponente fue Diva Serra, doctora en Derecho Público de la Universidad de Roma, quien ofreció una amplia visión sobre el tema, mencionando que la delincuencia económica en el país ha sido poco regulada y que la nueva ley busca cambiar esto. 

También señaló que el proyecto busca crear cuatro categorías de delitos económicos y establecer consecuencias adicionales a las penas privativas de libertad, incluyendo multas y diversas prohibiciones. Y que, además, se enfoca en mejorar las penas sustitutivas aplicables a este tipo de delitos. 

Las cuatro categorías son: 

Siguiendo con su presentación, la académica indicó que “las penas y consecuencias adicionales para las personas naturales responsables, sumado a que, la nueva legislación discute atenuantes y agravantes relacionados con la culpabilidad y el perjuicio causado”. 

XIMENA MARCAZZOLO

La segunda en exponer fue la investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa, Ximena Marcazzolo, quien resaltó que la ley fue objeto de críticas debido a su catálogo reducido de delitos, la falta de regulación de medidas cautelares, y el sistema de imputación de responsabilidad penal considerado complejo. 

La ley 20.393 tuvo diversas modificaciones para abordar estas críticas y ampliar el catálogo de delitos, así como permitir que personas jurídicas pequeñas también sean sujetas a su aplicación. Sin embargo, Ximena destacó que algunas de las reformas facilitaron la imputación de responsabilidad a las personas jurídicas, lo que planteó desafíos y preguntas sobre la eficacia de la autorregulación. 

La subdirectora del Doctorado en Derecho también mencionó la pena de supervisión como medida cautelar, que podría generar preocupaciones debido a la escalada de apremios que se impondrían a las organizaciones que no cooperen con el proceso de supervisión.  

Esto, sumado a que el modelo de prevención de delitos adquirió un papel más relevante en la imputación de responsabilidad, lo que puede ser positivo para incentivar la autorregulación de las empresas. 

Por último, la ponencia terminó destacando la necesidad de “considerar la perspectiva de las organizaciones y las consideraciones de estas modificaciones en su funcionamiento, junto con las inquietudes sobre cómo estas reformas afectarán a las personas jurídicas, especialmente a las más pequeñas, y la proporcionalidad de ciertas sanciones y medidas cautelares”. 

LIBERTAD TRIVIÑO

La tercera ponente del seminario fue Libertad Triviño, Máster en Derecho Penal y Ciencias Penales, Universidad de Barcelona, apuntando su presentación a los nuevos desafíos relativos al acceso a la información y la revelación de secretos empresariales que surgen con la reciente modificación.  

A su vez, comentó que “se busca proteger la libre competencia y proveer herramientas prácticas a las empresas para resguardar su productividad”. 

La académica comentó que la legislación sobre el secreto empresarial era insuficiente y carecía de claridad en cuanto a los tipos penales, y que la nueva ley busca solucionar estos problemas. Además, especificó que el sujeto activo debe haber accedido a la información mediante una relación contractual, intromisión indebida o aprovechamiento económico sin el consentimiento del legítimo poseedor. 

También explicó la definición de secreto comercial, que incluye conocimientos de acceso restringido relacionados con la elaboración, comercialización de productos, prestación de servicios y organización de la empresa. Que con esta ley se agravarán las penas cuando el acceso se realice mediante intromisión indebida. 

En conclusión, Libertad Triviño señaló que la nueva legislación de Delitos Económicos representa una modificación sustancial al Código Penal y pretende ofrecer una protección intensificada y sólida respecto al secreto profesional y empresarial, promoviendo la libre competencia y ordenando la regulación en este ámbito. Sin embargo, reconoció que su aplicación y la interpretación en la jurisprudencia serán temas de atención en el futuro. 

GONZALO GARCÍA

El último invitado en exponer fue el Doctor en Derecho de la Universidad de Friburgo, Gonzalo García, que aprovechó la instancia para explicar las modificaciones en la Ley de Delitos Económicos relacionadas con el mercado de valores, junto a los problemas de sistematización y coherencia. 

Los principales problemas radicaron en la regulación de la información privilegiada y la manipulación del mercado y los precios. Además, abordó sobre dos modelos enfrentados: el norteamericano, centrado en el deber fiduciario y la protección de la información, y el europeo, que busca preservar el igual acceso a la información en el mercado. La nueva ley racionaliza y orienta hacia el modelo europeo, ampliando los deberes relacionados con la información privilegiada y proponer penas más coherentes. 

En cuanto al delito de manipulación de mercado, se resolvieron problemas relacionados con la pena y se definieron claramente las conductas penalizables. También planteó el delito de presentación de información falsa, aplicando criterios más precisos para determinar cuándo es punible. 

En general, Gonzalo García valoró la reforma por su enfoque en la coherencia y sistematización, pero indicó que «se señalan áreas de debate y complejidad en su implementación, y que la claridad y precisión en la descripción de las conductas penales son considerados avances significativos en el marco legal del mercado de valores».

Revisa el seminario completo aquí