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El análisis de Camila Boettiger sobre la dimensión ambiental del anteproyecto que será presentado al Consejo Constitucional

Camila Boettiger, Ezio Costa, Pamela Poo y Cristóbal de la Maza entregan sus conceptos respecto del anteproyecto constitucional que a partir de hoy será sometido a debate y estudio al interior del Consejo Constitucional, cuya ceremonia de instalación se realizará esta mañana. En las cuatro posturas hay matices respecto de la confianza en este nuevo proceso y en los contenidos del documento en materia ambiental.

Fuente: País Circular

A partir de las 10.00 horas de hoy, el presidente Gabriel Boric encabezará la ceremonia de instalación del Consejo Constitucional elegido por votaciión popular el pasado 7 de mayo, es decir, hace exactamente un mes. En dicho evento, a celebrarse en la sede en Santiago del Congreso Nacional, la Comisión Experta hará entrega del anteproyecto de nueva Constitución a los 51 miembros del Consejo Constitucional para su debate y estudio. El 17 de diciembre, la propuesta será sometida a plebiscito.

En lo que respecta a la dimensión ambiental del anteproyecto, éste consigna en el artículo 14 del Capítulo I de los” Fundamentos del orden constitucional” que “es deber del Estado el cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad, protegiendo el medio ambiente y promoviendo la sostenibilidad y el desarrollo”.

En tanto, en el artículo 17 del Capítulo II sobre “Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales”, el documento declara el “derecho a vivir en un ambiente sano, sostenible y libre de contaminación”, y que promueva la existencia y el desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones. Asimismo, señala que “se podrán establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente”.

Dentro del mismo capítulo, el anteproyecto constitucional habla del “derecho al agua y al saneamiento”, y que “es deber del Estado garantizar ese derecho a las generaciones actuales y futuras. Un poco más adelante, respecto del mismo tema, el documento indica que “las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público”.

Y aunque no señala explícitamente la propiedad privada en las concesiones de derechos de aprovechamiento de aguas, sí garantiza “el derecho de aprovechamiento de aguas” que confiere a su titular “el uso y goce de ellas”, conforme a las reglas, temporalidad, requisitos y limitaciones que prescribe la ley.

Otro pasaje que es llamativo es el artículo 28 de los deberes constitucionales. En el punto 3, el texto dice que es un “deber de todos los habitantes de la República proteger el medio ambiente” y que, en el caso de que se produzca daño ambiental, “serán responsables del daño que causen, contribuyendo a su reparación”.

También se habla de la “libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así”. Del mismo modo, cita el texto, “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas.

Análisis de Camila Boettiger

Muy optimista con el anteproyecto constitucional emanado del Comité de Expertos se declara Camila Boettiger, profesora de Derecho Ambiental y Recursos Naturales del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa de la Universidad del Desarrollo. “Hay un uso de ciertas palabras que en derecho es súper importante. La Constitución vigente tiene una muy buena base de regulación de la protección al ambiente, que ha permitido armar institucionalidad y recursos de protección. Esta propuesta actualiza esa base de protección ambiental”, señala la académica de la UDD.

Por ejemplo, Boettiger considera un avance “el cambio en la garantía de vivir en un ambiente sano, más que solamente libre de contaminación”, como lo que se indica en el texto en el capítulo II. Otro aspecto positivo es, según ella, “la restricción de ciertos derechos específicos para proteger al medioambiente”, y celebra que se mantengan las causales “de conservación, preservación y protección del medio ambiente”.

Otro tanto destacable para Boettiger es el capítulo de los deberes de las personas, a través de cual se establece que los habitantes de la república deberían prevenir el daño ambiental. Para ella, hay otros conceptos como la regeneración de funciones de equilibro en la naturaleza, implícitos en el texto, que también son remarcables. “El texto recoge bien lo que teníamos”, resalta.

Con respecto a poner a la par la protección ambiental y el desarrollo sostenible, la académica de la UDD dice que instalar a ambas visiones en polos opuestos “es una visión antagónica no realista”.

Ella valora que el desarrollo y la protección ambiental figuren en el mismo artículo, ya que “no estoy de acuerdo con esa visión que mira al desarrollo como opuesto al cuidado del medio ambiente”. De partida, agrega Boettiger, porque el texto habla de desarrollo, y no de crecimiento. “El desarrollo es un concepto cualitativo y no cuantitativo como el crecimiento. Los países de mayor desarrollo tienen mayor protección ambiental”, ejemplifica.

Tampoco cree Boettiger que sea un retroceso el mantener los derechos de aprovechamiento de agua concesionables, aun cuando en el proceso constituyente anterior se había garantizado la inapropiabilidad de las aguas.

“El retroceso habría sido borrar toda la historia que tenemos en materia de derechos de agua, cuando los derechos de aprovechamiento de aguas existen desde la Colonia. No hubiera sido bueno borrarlo y empezar de cero”. Según ella, no porque el Estado administre directamente las aguas, avanzarán los derechos de las personas.

Esto, según ella, es positivo, porque eleva a rango constitucional el agua como bien nacional de uso público y, además, porque mantiene las concesiones de derechos de aprovechamiento de agua para poder obtener el recurso.

Refutando las visiones que critican este punto, Boettiger dice que “mirar de nuevo la propiedad como un obstáculo o algo inconducente a una debida regulación y administración de las aguas por parte del Estado en su labor de tutela como bien público, lo creo artificial”.

Para Boettiger, este anteproyecto “es un trabajo más basado en nuestra tradición e historia” que el texto que fue rechazado en el proceso anterior. “Tiene más sentido de realidad anclado en la tradición, pero con toques de modernidad”, agrega la especialista, para quien este anteproyecto “no debería tener muchas rectificaciones ni debería generar demasiados problemas”.

A ella no le preocupa tanto, a diferencia de Ezio Costa, la composición del Consejo Constitucional: “Ojalá que ellos lo tomen como un texto unitario y que no se retroceda respecto de lo que se ha avanzado en protección ambiental”.

En ese sentido, comenta Boettiger, “este anteproyecto les entrega a los consejeros una base sobre la cual empezar a discutir, ya que no es una visión de un solo sector”. Por lo tanto, añade, “es un avance. Se puede decir todo lo que uno quiera de este proceso, pero se hizo con equilibrio de fuerzas políticas y tiene más de lo que uno pensaba”.

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