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CARTA AL DIRECTOR |  Debate en Derecho Ambiental, Camila Boettiger para El Mercurio

Señor Director:

En sus cartas los profesores Lagos y Bonacic se refieren a la conservación y la protección ambiental como objetivos a considerar en la nueva propuesta constitucional. Lagos dice que la conservación no es posible, a lo que Bonacic replica que postular que la protección ambiental es la única opción limita las actividades en que las personas pueden utilizar en forma sostenible la biodiversidad.

Los conceptos subyacentes son parte de un histórico debate en el Derecho Ambiental, que en Chile fueron incorporados por el texto constitucional de 1980, al establecer como deber del Estado preservar la naturaleza, y como limitación a la propiedad privada, la conservación. Ambos son parte de la protección ambiental, que busca mejorar el ambiente en el que vivimos y evitar su deterioro; no son opuestos, sino que uno tiene un efecto más restrictivo sobre la actividad humana en el ambiente natural, en una relación que podría calificarse como de mayor o menor grado de protección.

La conservación es la utilización racional de los elementos naturales, mediante un aprovechamiento que permita su regeneración y permanencia; es una advertencia, una luz amarilla de cuidado. La preservación, por su parte, es la mantención de las condiciones que permiten la existencia de especies y ecosistemas; acarrea una prohibición, una luz roja en la intervención de la naturaleza. Ejemplos de uno y otro serían la extracción autorizada de agua de un río, pero con el límite de dejar un caudal mínimo en el cauce para mantener el ecosistema fluvial.

Es cierto que la conservación es dinámica, como las condiciones en las cuales se da y mantiene la vida natural. También es cierto que el ideal sería proteger la naturaleza de toda intervención humana, pero eso no es realista. Son justamente las visiones del todo o nada las que pueden inmovilizar la gestión ambiental, tan necesaria para enfrentar los impactos que hemos producido en nuestro entorno. Cuando se discuta este tema a nivel constitucional, se deben considerar estos dos conceptos, que ya están incorporados en nuestra legislación, y que representan objetivos plausibles para adaptarnos y cuidar nuestro único mundo a través de un desarrollo sustentable. 

Autora: Camila Boettiger Philipps, Profesora Investigadora de la Universidad del Desarrollo.